Código de Ética, Cumplimiento y Transparencia

En Madero & Asociados S.A.S. (en adelante, “Madero Asociados” o la “Firma”) entendemos el derecho como una herramienta de transformación. Nuestra práctica profesional se rige por la integridad, la excelencia, el liderazgo consciente y un compromiso activo con la legalidad y el bien común. Este Código de Ética, Cumplimiento y Transparencia (en adelante, el “Código”) es el marco que regula nuestras actuaciones internas y externas, asegurando que cada decisión refleje nuestros principios y que nuestro comportamiento se mantenga alineado con las mejores prácticas locales e internacionales.

1. Obligatoriedad

Este Código es de obligatorio cumplimiento para todos los socios, abogados, asociados, practicantes, personal administrativo, consultores y terceros vinculados a la Firma o que representen sus intereses, en cualquier jurisdicción en la que operemos. Su aceptación se presume desde el momento en que se vinculan formalmente a la Firma, sin perjuicio de su firma o ratificación expresa.

2. Principios Rectores

En Madero Asociados creemos que la práctica del derecho solo tiene sentido cuando se ejerce con responsabilidad, transparencia y respeto por la dignidad humana. Por eso, los siguientes principios rectores son la brújula que orienta todas nuestras decisiones, actuaciones y relaciones profesionales.

  1. Integridad y coherencia: Actuamos con fidelidad a nuestros principios y nunca hacemos concesiones frente a lo incorrecto. La confianza de nuestros clientes y de la sociedad se sostiene en nuestra conducta recta y transparente.
  2. Transparencia: Comunicamos de manera clara y honesta, dentro y fuera de la organización. La verdad guía nuestro trabajo, porque solo así fortalecemos la confianza en el derecho y en quienes lo ejercen.
  3. Excelencia como cultura: Concebimos la excelencia como una práctica constante. Cada proyecto se ejecuta con rigurosidad jurídica, creatividad y compromiso, buscando siempre resultados sostenibles y de alto impacto.
  4. Responsabilidad profesional: Asumimos con seriedad las consecuencias de nuestras decisiones, conscientes de que nuestro actuar incide directamente en los derechos, intereses y proyectos de las personas y entidades a las que servimos. Cumplir la norma no es una obligación mínima, sino un principio esencial de nuestra identidad profesional.
  5. Confidencialidad: Protegemos la información de nuestros clientes y aliados como un deber inquebrantable. El secreto profesional es parte de nuestra ética y un pilar de la confianza que nos depositan.
  6. Humanidad Profesional: Entendemos que detrás de cada caso hay personas. Ponemos al ser humano en el centro de nuestra práctica, respetando la dignidad humana y reconociendo la diversidad, rechazando cualquier forma de discriminación y actuando siempre con respeto y sensibilidad.
  7. Compromiso con el interés público: Concebimos el derecho como herramienta de cambio. Entendemos que nuestra labor trasciende lo individual. Aportamos al fortalecimiento de la justicia, al acceso a los derechos y al desarrollo de una sociedad más justa y equitativa.
  8. Colaboración y visión colectiva: Creemos en la fuerza de las redes y en la integración de talentos diversos. Nuestra cultura colaborativa nos permite construir soluciones más sólidas y transformadoras.
3. Relacionamiento con nuestros Grupos de Interés

En esta sección, exponemos las pautas claras que orientan la manera como nos relacionamos con cada uno de nuestros grupos de interés. Estás reglas buscan garantizar la confianza, transparencia, uniformidad y responsabilidad en todas nuestras interacciones.

3.1. Relacionamiento con nuestros clientes

En Madero Asociados nos comprometemos con nuestros clientes a:

  1. Actuar con lealtad, independencia, transparencia y confidencialidad.
  2. Prestar asesoría fundamentada, oportuna, clara, ajustada a derecho y comprensible para la toma de decisiones.
  3. Indentificar, gestionar y evitar conflictos de interés reales o potenciales.
  4. Informar con veracidad sobre el estado del caso o asesoría.
  5. No facilitar, promover ni participar en actos ilícitos o contrarios a la ética profesional.
  6. Atender con sensibilidad las necesidades humanas que subyacen a los asuntos jurídicos.
  7. Defender los intereses de nuestros clientes como propios dentro de los términos de la ley.
  8. Los honorarios se pactan con transparencia, considerando la complejidad del asunto, el valor agregado y el tiempo invertido, conforme a los principios de razonabilidad y equidad.
  9. Los fondos y recursos de clientes se administran en cuentas separadas, con plena trazabilidad y bajo estrictos controles fiduciarios.
  10. Se prohíbe expresamente el uso de dineros de clientes para fines distintos a los acordados.
3.2. Relacionamiento con nuestras contrapartes y terceros

En Madero Asociados nos comprometemos a actuar conforme a la siguientes pautas en nuestros relacionamiento con contrapartes y terceros:

  1. Tratar a todas las contrapartes con respeto y cortesía profesional.
  2. Abstenerse de cualquier conducta engañosa, hostil o desleal.
  3. Rechazar ofrecimientos o prácticas que busquen alterar decisiones jurídicas, administrativas o comerciales.
3.3. Relacionamiento con autoridades

En todas nuestras interacciones con jueces, árbitros, funcionarios públicos o entes de control:

  1. Observamos la buena fe, la veracidad y el respeto institucional.
  2. Evitamos cualquier forma de influencia indebida o favorecimiento.
  3. Rechazamos prácticas de corrupción, soborno o presión externa.
  4. Colaboramos activamente con la administración de justicia, aportando información veraz, completa y oportuna cuando la ley y el deber profesional así lo requieran.
  5. Facilitar el curso adecuado de los procesos iniciados por las autoridades y el cumplimiento de las órdenes impartidas por estas.
3.4. Relacionamiento con proveedores y aliados

En todas nuestras interacciones con proveedores y aliados:

  1. Seleccionamos aliados y proveedores bajo criterios técnicos, éticos y transparentes.
  2. Rechazamos cualquier forma de pago indebido, favores o contraprestaciones ocultas.
  3. Garantizamos trazabilidad de pagos y su cumplimiento con los requisitos contractuales y fiscales.
3.5. Relacionamiento con la comunidad

En Madero Asociados nos comprometemos a actuar conforme a la siguientes pautas en nuestros relacionamiento con la comunidad:

  1. Promovemos activamente el acceso a la justicia, la educación jurídica y el fortalecimiento del Estado de derecho.
  2. Participamos en iniciativas con impacto social desde nuestra área pro bono y en colaboración con organizaciones sociales.
  3. Generamos oportunidades jurídicas sostenibles para poblaciones y organizaciones que no pueden acceder a servicios legales de calidad.
4. Cumplimiento Normativo y Prevención del Riesgo

En cumplimiento con la legislación colombiana vigente, los tratados internacionales y las buenas prácticas del sector legal, Madero Asociados implementa medidas para asegurar:

  1. La adopción de mecanismos de debida diligencia (Know Your Client -KYC) para todos los clientes y contratistas.
  2. La prevención de hallazgos fiscales, sanciones disciplinarias y riesgos reputacionales.
  3. La adecuada conservación de documentos y trazabilidad de operaciones.
  4. La aplicación de políticas claras sobre regalos, viajes, gastos de representación, contribuciones políticas, donaciones y patrocinios, conforme a la ley.
5. Conducta Interna y Cultura Ética

Todos los integrantes de Madero Asociados deben:

  1. Promover un ambiente de trabajo respetuoso, libre de discriminación, acoso o abuso de poder.
  2. Evitar el uso indebido de información confidencial o recursos de la Firma.
  3. Respetar y utilizar los canales y mecanismos institucionales para la solución de conflictos internos.
  4. Velar por el cumplimiento de los deberes contractuales y profesionales establecidos en los manuales internos y el presente Código.
6. Responsabilidad Profesional y Relación con el Sistema Judicial

El ejercicio de la abogacía en Madero Asociados se basa en principios de legalidad, respeto al debido proceso, transparencia y lealtad procesal.
Nuestros abogados están obligados a cumplir con las normas éticas y disciplinarias vigentes en Colombia y en cualquier jurisdicciones extranjera en la que estén admitidos y ejerzan, así como con las buenas prácticas internacionales que rigen la profesión, incluyendo aquellas aplicables en escenarios de arbitraje internacional.

En particular, los abogados de la Firma deben actuar conforme a:

  1. El Código Disciplinario del Abogado – Ley 1123 de 2007 – y cualquier norma que lo sustituya o modifique.
  2. La Ley 1564 de 2012 – Código General del Proceso – y cualquier norma que lo sustituya o modifique.
  3. Ley 1474 de 2011 – Estatuto Anticorrupción.
  4. Las disposiciones del Estatuto Arbitral Colombiano (Ley 1563 de 2012) y cualquier norma que lo sustituya o medique.
  5. Las Directrices de la IBA sobre la Representación de las Partes en el Arbitraje Internacional (2013) y cualquier directriz que las modifique, actualice o sustituya.
  6. Las Reglas de IBA sobre Prácticas de Pruebas en el Arbitraje Internacional (2020) y cualquier instrumento que las modifique, actualice o sustituya. En particular, los abogados de la Firma deben actuar conforme a aquellas disposiciones con dimensión ética que refuerzan obligaciones de buena fe, transparencia y lealtad procesal en la práctica probatoria.
  7. Las reglas éticas, códigos de conducta y normas procesales que rigen en la jurisdicción donde se adelante el procedimiento o donde esté admitido el abogado.
6.1. Deberes frente a jueces, árbitros y autoridades en el marco de procesos judiciales y extrajudiciales

Nuestros abogados deben actuar con respeto, independencia y profesionalismo en toda interacción con jueces, magistrados, árbitros, mediadores, conciliadores, fiscales, superintendencias, entidades administrativas y órganos de control. En particular, nuestros abogados deberán:

  1. Abstenerse de cualquier intento de presión indebida o influencia extraprocesal.
  2. Mantener la compostura, el decoro y el lenguaje respetuoso en escritos, audiencias y comunicaciones.
  3. acilitar el curso adecuado del proceso y el cumplimiento de las órdenes impartidas por las autoridades.
6.2. Abogacía responsable y litigio de buena fe

En Madero Asociados ejercemos la defensa técnica con honestidad intelectual, respeto por la verdad fáctica y lealtad al sistema judicial.
Por esto, en concordancia con el artículo 28 del Código Disciplinario del Abogado, nuestras actuaciones procesales deben ser ejercidas de forma responsable, diligente y con apego a la buena fe.

  1. Nuestros abogados actúan siempre con buena fe y lealtad procesal, evitando actuaciones dilatorias, abusivas o contrarias al correcto funcionamiento del proceso.
  2. Está prohibido presentar pruebas falsas, ocultar información relevante o emplear maniobras procesales que distorsionen la verdad o retrasen indebidamente la justicia.
  3. Entendemos que la defensa de los intereses del cliente nunca justifica vulnerar la integridad del proceso judicial o arbitral.

Madero Asociados no promueve o admite:

  1. Acciones temerarias, manifiestamente improcedentes o carentes de fundamento jurídico.
  2. Recursos o incidentes usados como mecanismos de dilación abusiva.
  3. Estrategias que busquen desinformar, confundir o desnaturalizar el objeto del litigio.
6.3. Prohibición de manipulación de pruebas o testigos

El manejo de la prueba en nuestra firma se ajusta a criterios de legalidad, transparencia y respeto a las reglas del debido proceso. Conforme a los artículos 31 y 33 de la Ley 1123 de 2007, todos los abogados de Madero Asociados tienen prohibido expresamente:

  1. Fabricar, falsear, alterar u ocultar documentos o elementos materiales probatorios.
  2. Inducir a testigos a mentir, callar o modificar sustancialmente su declaración.
  3. Impedir, entorpecer o manipular la práctica legítima de pruebas ordenadas por la autoridad competente.
6.4. Pautas éticas en el arbitraje nacional e internacional

Como firma internacional, fomentamos una cultura de transparencia, equidad y profesionalismo en todos los escenarios de solución de controversias. En procedimientos arbitrales, nuestros abogados deben:

  1. Cumplir con los principios de independencia, lealtad y cortesía establecidos en el artículo 78 de la Ley 1123 de 2007.
  2. Respetar las reglas del centro de arbitraje administrador, el reglamento aplicable al procedimiento y las decisiones del tribunal arbitral.
  3. Revelar cualquier conflicto de interés potencial o real.
  4. Actuar conforme a las Directrices de la IBA sobre la Representación de las Partes en el Arbitraje Internacional (2013), que orientan el comportamiento ético de los abogados en contextos transnacionales.
  5. Aplicar, cuando corresponda, las Reglas de IBA sobre Prácticas de Pruebas en el Arbitraje Internacional (2020), como marco de referencia para la presentación, objeción y admisibilidad de la prueba.
6.5. Relaciones con otras firmas, peritos, testigos y asesores técnicos en el marco de procesos judiciales y extrajudiciales

Nuestra interacción con terceros en el contexto de procesos judiciales, arbitrales o administrativos, así como en cualquier mecanismo de resolución de conflictos, debe regirse por estándares éticos compatibles con los principios de este Código.

Madero Asociados le exige a todos sus abogados observar las siguientes pautas:

  1. Relación profesional y transparente con firmas coadyuvantes, contraparte y otros asesores legales externos.
  2. Contratación de peritos idóneos, imparciales y técnicamente competentes.
  3. Respeto por la independencia de los testigos y su derecho a declarar sin coacción.
  4. Respeto por la independencia técnica y objetividad de los peritos en sus informes, incluyendo la de los peritos de parte.
  5. Prohibición de cualquier práctica que implique manipulación, soborno, cooptación o presión ilegítima sobre terceros.
7. Política sobre Regalos, Comisiones, Donaciones y Gastos de Representación
7.1. Regalos, cortesías e invitaciones

En Madero Asociados mantenemos una política de tolerancia cero frente a cualquier intento de influenciar decisiones profesionales a través de regalos o atenciones indebidas. Por lo tanto, todos nuestros miembros deben observar las siguientes pautas:

Ningún miembro de la Firma podrá ofrecer, solicitar, aceptar ni entregar regalos, invitaciones, beneficios, favores o atenciones de parte de clientes, contrapartes, autoridades, proveedores o terceros que puedan comprometer su objetividad o integridad profesional.

Se exceptúan los regalos o detalles de cortesía institucional de bajo valor, que sean comunes en el giro ordinario de negocios y que no generen conflicto de interés ni expectativas indebidas. En estos casos, si su valor excede el 25% del salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), deberá informarse al Responsable de Ética para su aprobación y registro. Se considera que el valor de un regalo o atención es acumulativo respecto a otros del mismo origen durante el mismo año calendario.

Todos los abogados y personal de la Firma deben rechazar de forma respetuosa pero firme cualquier regalo o atención que pueda percibirse como intento de influenciar una relación profesional. Cualquier ofrecimiento de este tipo deberá ser reportado de inmediato al Responsable de Ética.

7.2. Comisiones, pagos y remuneraciones

La Firma no realizará, bajo ninguna circunstancia, pagos o comisiones indebidas a empleados, contratistas, aliados, proveedores o funcionarios públicos.

Todos los pagos a contratistas o terceros estarán soportados por los respectivos contratos, órdenes de servicio o documentos válidos, y deberán realizarse por los canales bancarios autorizados, permitiendo su trazabilidad.

Se prohíbe expresamente cualquier forma de pago indirecto o encubierto que pueda constituir un soborno, una comisión irregular o una ventaja indebida, sea en Colombia o en el exterior.

Ningún integrante de la Firma podrá autorizar, procesar o realizar pagos que contravengan esta política.

7.3. Gastos de representación, viajes y entretenimiento

Los gastos por representación, viajes, comidas, transporte, alojamiento o eventos deberán ser autorizados previamente por el Responsable Administrativo o Socio Gerente y deberán contar con soporte documentado y justificación razonable.

No se aceptará el uso de fondos de la Firma para fines personales o no relacionados con las actividades profesionales o comerciales autorizadas.

Todos los gastos deben estar respaldados por facturas válidas, recibos o documentos equivalentes.

En ningún caso estos gastos se considerarán remuneración adicional o salario indirecto, ni serán usados como mecanismos de compensación encubierta.

7.4. Donaciones, patrocinios y contribuciones

Las donaciones y patrocinios institucionales se limitarán a actividades que contribuyan al bien común, tengan propósitos sociales legítimos, y estén alineadas con los valores de la Firma.

Ninguna donación podrá utilizarse como medio para obtener beneficios indebidos o favorecer intereses particulares.

Toda entrega de recursos a terceros por concepto de donación o patrocinio deberá estar debidamente autorizada, registrada y justificada.

7.5. Contribuciones políticas

Madero Asociados es una firma independiente, sin afiliación partidista ni ideológica. No se realizarán contribuciones o aportes a partidos, movimientos u organizaciones políticas en nombre de la Firma.

Los integrantes de la Firma son libres de participar en actividades políticas a título personal, pero deberán evitar utilizar la imagen, recursos o nombre de la Firma en dichas actividades, y abstenerse de comprometer su juicio profesional por afiliaciones ideológicas.

8. Publicidad y la promoción profesional

Nuestros mensajes buscan informar y orientar, no inducir a error ni aprovecharse de situaciones de vulnerabilidad. Los miembros de Madero Asociados deben garantizar que toda comunicación pública de la Firma será veraz, objetiva y respetuosa de la dignidad profesional. Se prohíbe la publicidad engañosa, la captación indebida de clientes y cualquier promesa de resultados que no pueda ser verificada en derecho.

9. Compromiso con la Comunidad y Práctica Pro Bono

En Madero Asociados entendemos que el ejercicio del derecho no se agota en la representación técnica de intereses privados, sino que implica un compromiso activo con la transformación social y el fortalecimiento del acceso a la justicia. El componente ético de nuestra firma incluye un enfoque claro de responsabilidad social jurídica.

La práctica profesional con propósito es parte integral de nuestra identidad institucional. Por eso, promovemos activamente iniciativas Pro Bono, apoyamos procesos de fortalecimiento comunitario y participamos en espacios que generan impacto positivo en las regiones donde operamos.

9.1. Ejercicio responsable del derecho

Creemos en el derecho como herramienta para:

  1. Ampliar oportunidades reales para poblaciones vulnerables.
  2. Fortalecer capacidades institucionales en entidades públicas.
  3. Contribuir a la cultura de la legalidad, la inclusión y el desarrollo sostenible.

 

Cada abogado y abogada de la firma es llamado a ejercer su conocimiento no solo con excelencia técnica, sino también con conciencia ética y sentido de servicio público.

9.2. Práctica Pro Bono

La Firma cuenta con una política interna de atención jurídica Pro Bono, basada en los principios establecidos por la Fundación Pro Bono Colombia y los estándares internacionales. Estas actividades están orientadas a:

  1. Brindar representación o asesoría jurídica gratuita a personas, comunidades u organizaciones sin ánimo de lucro que no cuenten con recursos suficientes.
  2. Participar en litigios estratégicos con impacto colectivo o en defensa de derechos fundamentales.
  3. Fortalecer jurídicamente a emprendimientos sociales, organizaciones de base y microempresas.

La asignación de casos Pro Bono se realiza con criterios de prioridad, idoneidad profesional y disponibilidad de recursos, garantizando el mismo nivel de calidad y dedicación que en cualquier otro encargo de la Firma.

9.3. Voluntariado jurídico y formación comunitaria

Promovemos activamente la participación de nuestros equipos en:

  1. Programas de formación legal para jóvenes, líderes comunitarios, emprendedores y estudiantes.
  2. Proyectos de alfabetización jurídica y empoderamiento ciudadano.
  3. Actividades interdisciplinarias que fortalezcan el tejido social mediante el uso estratégico del derecho.

Estas acciones se articulan con instituciones educativas, organizaciones internacionales, fundaciones aliadas y entidades públicas que comparten nuestra visión.

9.4. Reconocimiento del tiempo Pro Bono

La Firma promueve una cultura en la que el ejercicio del derecho con propósito es reconocido, visibilizado y celebrado. En este sentido, Madero Asociados reconoce y valora el trabajo Pro Bono como parte del desempeño profesional de sus abogados y abogadas. Dicho trabajo:

  1. Es medido y reportado de forma estructurada.
  2. Hace parte de la evaluación integral de desempeño.
  3. Puede representar oportunidades de liderazgo interno y participación institucional.
10. Cumplimiento, Supervisión y Mecanismos de Control

Madero Asociados reconoce que la ética no es solo una declaración de principios, sino una práctica constante que requiere herramientas claras y mecanismos eficaces. Por ello, la Firma ha definido un sistema proporcional y viable para asegurar la implementación, seguimiento y actualización del presente Código.

10.1. Responsable de Ética y Cumplimiento

El Representante Legal de la Firma, quien actualmente también ejerce la Gerencia y es el abogado principal, asume la función de Responsable de Ética y Cumplimiento. Esta figura lidera el cumplimiento del Código, recibe reportes de posibles infracciones y garantiza su tratamiento conforme a los principios de objetividad, confidencialidad y debido proceso.

10.2. Canal Confidencial de Consultas y Denuncias

Para facilitar una comunicación ética segura y sin represalias, se ha habilitado el siguiente canal confidencial: info@maderolaw.com

Este canal puede ser utilizado por cualquier persona —interna o externa— para:

  1. Consultar la interpretación o aplicación del Código.
  2. Reportar de buena fe una posible infracción ética, irregularidad o conducta indebida.
  3. Sugerir mejoras al sistema de cumplimiento de la Firma.

Compromisos institucionales:

  1. Las comunicaciones serán tratadas con confidencialidad estricta.
  2. Se protegerá la identidad del remitente, salvo que este autorice su divulgación.
  3. No se tomarán represalias contra quienes reporten de buena fe.
10.3. Procedimiento de Evaluación y Respuesta a Incumplimientos

Ante la recepción de un reporte ético, se seguirá el siguiente procedimiento:

10.3.1. Registro y clasificación
  • Se documenta el reporte en un archivo confidencial.
  • Se clasifica según su naturaleza: ética, cumplimiento normativo, conflicto de interés, trato interno, etc.
10.3.2. Análisis preliminar
  • Se verifica si el reporte tiene mérito suficiente para iniciar una evaluación formal.
  • Si carece de fundamento, se archivará dejando constancia y justificación.
10.3.3. Evaluación y recolección de información
  • Se recopilan los hechos relevantes y se analiza la posible infracción al Código.
  • Si es necesario, se solicita información adicional al remitente o a personas relacionadas, siempre bajo deber de reserva.
10.3.4. Propuesta de acción
  • Si hay incumplimiento, se propondrán medidas proporcionales como: advertencia formal, capacitación correctiva, disculpa institucional, revisión de políticas, o —en casos graves— finalización del vínculo profesional o contractual.
    Cualquier conducta que infrinja lo dispuesto en este Código será sancionada conforme a los previsto en el artículo 10.5 de este Código. En el caso de colaboradores vinculados laboralmente, dicha infracción podrá constituir justa causa para la terminación del contrato de trabajo, conforme al artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas aplicables. En todos los casos, la Firma se reserva el derecho de adoptar las medidas correctivas o disciplinarias correspondientes, respetando el debido proceso y la proporcionalidad de la sanción.
  • Si no hay incumplimiento, se comunicará el cierre del caso y las razones.
10.3.5. Documentación y seguimiento
  • Todo el proceso se deja registrado de forma interna.
  • Se hace seguimiento a la implementación de las medidas y se revisan ajustes sistémicos necesarios.
10.4. Capacitación y Mejora Continua

La Firma desarrollará actividades periódicas para fortalecer la cultura ética entre todos sus miembros, incluyendo:

  1. Capacitación interna al personal administrativo.
  2. Incorporación de principios éticos en la inducción de nuevos integrantes.
  3. Revisión anual del Código y su sistema de cumplimiento.
  4. Participación en eventos o redes sobre ética y responsabilidad profesional.
10.5. Clasificación de Faltas Éticas y Disciplinarias

Con el fin de garantizar claridad y proporcionalidad en la aplicación del presente Código, las infracciones cometidas por los miembros de la Firma se clasifican en faltas leves y faltas graves, atendiendo a la naturaleza de la conducta, su impacto en la organización, los clientes, las autoridades o la comunidad, así como la reiteración o intencionalidad de la misma.

Las conductas descritas a continuación se encuentran directamente vinculadas con los deberes previamente definidos en este Código, de manera que cada falta corresponde al incumplimiento expreso de una disposición específica.

10.5.1. Faltas Leves

Se consideran faltas leves aquellas conductas que, sin comprometer de manera grave la integridad de la Firma ni el ejercicio de la profesión, afectan la convivencia, la eficiencia institucional o el cumplimiento de deberes internos. Entre otras:

  1. Retrasos injustificados en la entrega de informes o documentos internos, contrarios a la obligación de orden y responsabilidad establecida en el artículo 5 de este Código.
  2. Uso inadecuado de recursos institucionales que no genere perjuicio grave, en contravención del artículo 5 de este Código.
  3. Omisión en el reporte oportuno de conflictos de interés, que el artículo 3.1 exige identificar y gestionar frente a clientes.
  4. Falta de diligencia en la comunicación con clientes que no derive en perjuicio grave, incumpliendo el deber de asesoría clara, oportuna y veraz previsto en el artículo 3.1 de este Código.
  5. No reportar regalos de bajo valor que, siendo permitidos, deben registrarse, según lo indicado en el artículo 7.1 de este Código.
  6. Se considerarán faltas leves aquellas otras conductas que, aun cuando no estén expresamente previstas en este Código, vulneren los principios de convivencia, respeto y responsabilidad interna establecidos en el artículo 5, siempre que no configuren falta grave conforme al numeral siguiente.

Las sanciones aplicables a las faltas leves son amonestación verbal, amonestación escrita o actividades de capacitación correctiva.

10.5.2. Faltas Graves

Son faltas graves aquellas conductas que vulneran los principios esenciales de este Código, comprometen la confianza depositada en la Firma o en sus integrantes, afectan de manera sustancial los intereses de los clientes o la administración de justicia, o constituyen violaciones a la ley o a la ética profesional. Entre otras:

  1. Administración indebida de fondos de clientes o de la Firma, u ocultamiento de información relevante, en contravención del artículo 3.1 de este Código.
  2. Revelación, uso indebido o lucro personal a partir de información confidencial, prohibidos en el artículo 3.1 de este Código.
  3. Participación en actos de corrupción, soborno, lavado de activos o financiación del terrorismo, en violación de lo dispuesto en los artículos 4 y 7 de este Código.
  4. Manipulación de pruebas o inducción a testigos a faltar a la verdad, prohibidos expresamente en los artículos 6.2 y 6.3 de este Código.
  5. Aceptación, ofrecimiento o solicitud de regalos, beneficios o favores indebidos, en contravención de los artículos 7.1 y 7.2 de este Código.
  6. Ejecución de conductas discriminatorias, de acoso laboral, acoso sexual o abuso de poder, prohibidas en el artículo 5 de este Código.
  7. Actos de fraude o apropiación indebida de recursos, en violación de lo previsto sobre el manejo de fondos de clientes en el artículo 3.1 de este Código.
  8. Prestación de asesorías, conceptos o comunicaciones jurídicas de manera negligente, temeraria o sin rigor técnico, causando perjuicio, en incumplimiento del artículo 3.1 de este Código.
  9. Desacato a órdenes de jueces, árbitros o autoridades, en contravención de los deberes procesales establecidos en los artículos 6.1 a 6.5 de este Código.
  10. Publicidad engañosa o captación indebida de clientes, prohibidas en el artículo 8 de este Código.
  11. Reincidencia en una falta leve previamente sancionada, conforme al procedimiento disciplinario del artículo 10.3 de este Código.

Las sanciones aplicables a las faltas graves son medidas disciplinarias proporcionales, que incluyen la suspensión de encargos profesionales, la terminación del vínculo laboral o contractual con justa causa (artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo), así como la denuncia ante las autoridades competentes cuando corresponda.

11. Interpretación y Aplicación Supletoria

Las disposiciones de este Código serán interpretadas conforme a los principios de buena fe, legalidad, proporcionalidad y responsabilidad profesional. En lo no previsto expresamente, se aplicarán de forma supletoria las normas colombianas aplicables a la ética profesional, así como los estándares internacionales vigentes en materia de conducta jurídica, incluyendo los lineamientos de la American Bar Association – ABA- y la International Bar Association - IBA.

12. Actualización y Revisión

Este Código será revisado y actualizado periódicamente para ajustarse a la evolución de la Firma, los cambios normativos y las mejores prácticas internacionales. Todo el equipo será informado oportunamente de las actualizaciones y deberá adherirse a su contenido.

13. Vigencia

El presente Código de Ética, Cumplimiento y Transparencia entra en vigencia a partir de su publicación, y permanecerá vigente de manera indefinida hasta tanto sea modificado, sustituido o derogado por disposición expresa de la Firma.

Madero
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